“…This is not the end of the line or this case.”
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Statement from Lambda Legal Senior Counsel and Health Care Strategist Omar Gonzalez-Pagan, co-counsel in the federal lawsuit De La Fuentes Díaz v. González Colón:
“This case is about the fact that every person should have access to government-issued identity documents that reflect their true identity, including nonbinary people. We are disappointed by the First Circuit’s decision, but this is not the end of the line or this case. The Court reversed the district court’s ruling recognizing that Puerto Rico’s policy prohibiting nonbinary people from having birth certificates that accurately reflect their identity violates our Constitution under even the lowest level of scrutiny.
Importantly, the Court only ruled that under the lowest standard of review, also known as rational basis review, that the district court applied, and based on the arguments presented, the policy did not fail that standard. Under rational basis review, courts must give a large amount of deference to the government. Importantly, however, the First Circuit did not reject arguments that more stringent standards of review apply or under other constitutional. To the contrary, it left those questions open and sent the case back to the district court to decide whether any of those standards apply, which means the case has not concluded.
It’s important to clarify that this decision does not affect the earned rights of transgender Puerto Ricans who identify as male or female to correct their birth certificates. This case focuses only on nonbinary people. Transgender people born in Puerto Rico who identify as male or female are still able to amend their birth certificates, as required by law and our judicial victory in Arroyo González v. Rosselló.
Nevertheless, the practical reality remains unchanged: nonbinary Puerto Ricans are denied accurate birth certificates solely because the government refuses to recognize them for who they are. Nonbinary people deserve the same recognition, dignity, and respect afforded to everyone else.
Lambda Legal and its co-counsel are reviewing the court’s decision and evaluating next steps. We remain committed to pursuing justice for our clients and ensuring that nonbinary people in Puerto Rico and across the United States are treated with the dignity, equality, and respect that the Constitution promises.”
Declaración de prensa de Omar González-Pagán, Abogado y Estratega Legal de Salud de Lambda Legal, organización co-litigante en la demanda federal De La Fuentes Díaz v. González Colón representando seis demandantes no binarios en Puerto Rico:
“Este caso trata sobre el hecho de que toda persona debe tener acceso a documentos de identidad emitidos por el gobierno que reflejen su identidad, incluyendo las personas no binarias. Estamos decepcionados con la decisión del Primer Circuito, pero esto no es el final del camino ni de este caso.
El tribunal apelativo revocó la decisión del tribunal de distrito, la cual reconocío que la normativa de Puerto Rico que prohíbe a las personas no binarias tener certificados de nacimiento que reflejen su identidad no binaria viola nuestra Constitución incluso bajo el nivel de escrutinio más bajo. Si bien la decisión del tribunal apelativo es un desarrollo decepcionante, no es el final del camino ni de este caso.
Es importante destacar que el Primer Circuito solamente determinó que, bajo el estándar de escrutinio más bajo —conocido como escrutinio de base racional— que aplicó el tribunal de distrito, y a base en los argumentos presentados, la normativa no violó dicho estándar. Bajo el escrutinio de base racional, los tribunales deben otorgar un alto grado de deferencia al gobierno. Sin embargo, es importante señalar que el Primer Circuito no rechazó los argumentos de que estándares de escrutinio más rigurosos aplican en este caso u otras teorías constitucionales. Por el contrario, dejó esas preguntas abiertas y devolvió el caso al tribunal de distrito de Puerto Rico para que decida si alguno de esos estándares mas rigorous aplica y que resuelva el caso, lo que significa que el caso no ha concluido.
Es importante aclarar que esta decisión no cambia en nada los derechos ya adquiridos de las personas transgénero puertorriqueñas que se identican de una manera binaria para enmendar sus certificados de nacimiento. Este caso se enfoca únicamente en las personas no binarias. Las personas transgénero las cuales se identifican como hombre o mujer y nacidas en Puerto Rico pueden todavía enmendar sus certificados de nacimiento, tal como lo requiere la ley y nuestra victoria judicial en Arroyo González v. Rosselló Nevares.
No obstante, la realidad práctica continua: a las personas no binarias en Puerto Rico se les niegan certificados de nacimiento que fielmente reflejan su identidad solo porque el gobierno se niega a reconocerles por quienes son. Nadie debería verse obligado a tener documentos de identificación que lo representen de manera incorrecta. Las personas no binarias merecen el mismo reconocimiento, dignidad y respeto que se le otorga a todos los demás. Negar ese reconocimiento perpetúa el estigma y crea barreras innecesarias en su vida diaria.
Lambda Legal y sus co-abogados están evaluando la decisión del tribunal y considerando los próximos pasos. Seguimos comprometidos con la búsqueda de justicia para nuestros clientes y con garantizar que las personas no binarias en Puerto Rico y en todo Estados Unidos reciban la dignidad, igualdad y respeto que promete la Constitución.”